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Cierran por refacciones el Centro Administrativo Provincial

06 enero 2012

Es que según informó el gobierno, del 9 al 27 de enero refaccionarán todas sus instalaciones aprovechando el receso de los empleados públicos, por lo que los trabajos a realizar resentirán en menor medida los servicios que se prestan en dicho edificio. Quedan exceptuadas de este cierre las diferentes oficinas del Ministerio de Salud, que mantendrá vigente las guardias mínimas.

El secretario General, Legal y Técnico de la gobernación, Alberto Paredes Urquiza, informó este viernes, que se dispuso el cierre de todas las oficinas de Centro Administrativo Provincial (CAP) desde el 9 de enero hasta el 27 del mismo mes.

La decisión tiene que ver con la refacción y tareas de mantenimiento que necesita el mencionado edificio. Se exceptúa de esta medida a las dependencias del Ministerio de Salud que presten servicios esenciales a la comunidad.

La decisión de refaccionar y realizar tareas de mantenimiento se basa en que el edificio cuenta con algunas falencias y son necesarias mejorarlas para una mejor habitabilidad y desempeño laboral, además de mejorar la identidad de este centro neurálgico de las funciones administrativas del Estado provincial. Estas tareas se tornan imprescindibles atento al estado de algunos lugares del lugar.

Las áreas con oficinas y dependencias que están ubicadas en las instalaciones, dispondrán, según cada autoridad, de las medidas que estimen pertinentes respecto al personal que presta funciones para completar guardias o servicios mínimos.

Quedan exceptuadas de este cierre, las oficinas del Ministerio de Salud de la provincia, que mantendrán la prestación de servicios esenciales, en tanto y en cuanto, así sea dispuesto por las autoridades del ministerio.

Resulta pertinente aprovechar que nos encontramos en esta época del receso, por ello la oportunidad de llevar adelante las tareas en cuestión, por lo que los trabajos a realizar resentirán en menor medida los servicios que se prestan en el edificio. Estas acciones se enmarcan en las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley N º 8.229 de Ministerios de la Función Ejecutiva.

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