El decreto 820/10 del gobierno provincial establece que los agentes públicos que presten servicio en las áreas consideradas esenciales y que estén afectados a mantener las guardias mínimas durante el receso invernal deberán hacer uso de su licencia en las dos semanas subsiguientes al término de dicho receso. Desde este lunes, el resto de los estatales tendrá dos semanas de vacaciones.
El Gobierno dispuso que los empleados estatales que cumplan funciones en las áreas de servicios esenciales durante el receso invernal se tomarán sus dos semanas de vacaciones una vez que finalice el mismo y cuando ya se hayan reintegrado a sus puestos de trabajo el resto de los agentes de la Administración Pública.
El decreto 820/10 establece que los agentes públicos que presten servicio en las áreas consideradas esenciales y que estén afectados a mantener las guardias mínimas durante el receso invernal deberán hacer uso de su licencia en las dos semanas subsiguientes al término de dicho receso.
La medida de Gobierno sostiene también que en todo el ámbito de la Administración Pública “deberá preverse un servicio de guardias mínimas o servicio crítico indispensable para el normal funcionamiento de la Administración Pública que funcionará durante el receso invernal”.
Además, la normativa gubernamental establece que “en los organismos y reparticiones de la Administración Pública Provincial cuya función esté declarada como servicio público esencial será la autoridad de aplicación de las mismas la que determine la modalidad de goce del receso regulado por el artículo 1 de la ley 8.766 por parte del personal a su cargo, sin interrumpir la prestación de los servicios esenciales”.
En este sentido, el decreto 820/10 menciona que la ley Nº 7.261/02 (modificatoria del artículo 2º de la ley 5.593) establece que se considera servicios esenciales a los servicios sanitarios y hospitalarios; servicio de transporte; provisión y distribución de agua potable, de riego y energía eléctrica; la educación en todos los niveles del Sistema Educativo; servicio de limpieza, higiene y mantenimiento de los establecimientos donde se desarrollan tareas educativas; servicio de barrido, limpieza, recolección de residuos; administración de Justicia (conforme lo reglamente por acordada el Tribunal Superior de Justicia); y el servicio de seguridad pública.
Cabe recordar que días atrás el Gobierno Provincial promulgó, mediante el decreto 819/10, la ley 8766 sancionada por la Cámara de Diputados en la que se modificó el receso invernal de los estatales extendiéndolo a 10 días hábiles, coincidentemente con el receso escolar y que se comenzará a cumplir desde el próximo lunes.
Por otra parte, la normativa excluye de los alcances de la ley a todos los agentes que tengan establecidos regímenes de licencias acordadas por convenios colectivos de trabajo o leyes especiales.
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