Es que la justicia le rechazó un recurso de apelación en contra del Ministerio Público Fiscal, que pretendía anular todos los actos realizados por dicho órgano en el marco de la causa Enzo Gallo, menor que habría muerto por mala praxis, entre otras irregularidades, y por lo cual Paliza y su par Jorge Coppari, están imputados por el delito de ‘homicidio con dolo eventual’. La corporación médica exige el cambio de caratula y no descarta hacer paros.
La Sala Unipersonal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional denegó la apelación presentada por los abogados del imputado Enrique Paliza, que pretendía anular los actos realizados por el Ministerio Público Fiscal en el caso Enzo Abel Gallo.
Es importante recordar que anteriormente los abogados defensores de Enrique Paliza (Ricardo Ruarte y Matías Juárez) presentaron un recurso de nulidad de todas las actuaciones del Ministerio Público Fiscal en la causa por la que se investiga la muerte de Enzo Abel Gallo, caratulada “Paliza Enrique y otros s/ homicidio culposo”, por considerar que todas las acciones realizadas por el Ministerio Público Fiscal fueron ilegítimas y arbitrarias.
En respuesta a ello, el juez de instrucción, Mario Martínez, rechazó dicho pedido de nulidad y convalidó las actuaciones de la institución judicial, por lo que ordenó recibir e incorporar al expediente todos los testimonios receptados en fiscalía.
A fin de lograr su objetivo, la defensa de Paliza interpuso ante la Cámara del Crimen, un recurso de apelación en contra de la resolución del juez Martínez, siendo este un acto ineficaz, porque también fue rechazado, esta vez por el juez de Cámara, Jorge Chamía.
En este sentido, el magistrado explicó en su resolución que “el interés que representa el Ministerio Público Fiscal es el de la sociedad toda, es decir, el interés público. Así lo establece el artículo 12 de la ley provincial Nº 5825, cuando especifica las facultades de investigación que posee el Ministerio Público Fiscal, consistentes en pedidos de informes y recepción de declaraciones para el mejor desempeño en sus funcione”.
Estas facultades deben ser consideradas por el juez de instrucción, no sólo cuando se realizan de manera previa a la promoción de la acción penal, sino que además el Ministerio Público Fiscal tiene la facultad de “realizar esas actividades solicitando al juez que se recepte el testimonio y se incorpore al sumario de investigación, debido a que los testimonios que se receptan en el ámbito del Ministerio Público Fiscal, tienen la misma entidad probatoria que los receptados por la policía judicial (Art. 195 y 197, Inc. 7º del 1º supuesto del C.P.P.)”, así lo manifestó el juez Chamía en su dictamen.
Este es otro revés para la defensa del médico Enrique Paliza, ya que habiéndose agotado la vía de recursos deberá buscar pruebas que puedan demostrar lo contrario a lo dicho en los testimonios receptados por el Ministerio Público Fiscal, que lo acusa de ‘homicidio simple con dolo eventual’ en el marco de la causa por la muerte del menor. Por el mismo delito tambien estu imputado el anestecista Jorge Coppari.
El joven Enzo Abel Gallo, de solo 15 años, murió en setiembre del año pasado mientras era operado por una presunta apendicitis en el Sanatorio Rioja.
El pedido de nulidad no habra estado bien fundado. Pienso que verdaderamente esta colmado de errores procesales ese juicio y que el Juez MARTINEZ ES UN INEPTO, que borro con el codo lo que escribio con la mano. Por lo que a todas luces se nota que esto ES POLITICO y tiene que ver con el odio que EL GOBERNADOR tiene a los medicos.-
Seguro que sale libre de culpa y cargo... hoy dia los medicos no quieren tener ninguna responsabilidad y no cumplen con la ley nacional que observa los derechos de los pacientes, Quien controla? NADIEEEEEEEEE
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