Habemus Consulta Popular. La Corte Suprema le dio un revés a Cambiemos

by Emanuel Hernadez | 25 enero, 2019 2:18 pm

Desestimó el amparo judicial presentado por la coalición PRO-UCR y el domingo los riojanos deberán a ir a votar si ratifican la enmienda constitucional aprobada por el PJ en la Legislatura. De ser así, Sergio Casas podrá ir por su reelección a gobernador.


La Corte Suprema rechazó este viernes por mayoría el amparo de la coalición Cambiemos que intentaba frenar la realización de una consulta popular prevista para este domingo en La Rioja impulsada por el oficialismo, que podría habilitar a Sergio Casas para buscar ser reelecto gobernador.

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Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti y Elena Highton votaron en contra del amparo presentado por Cambiemos que cuestionaba la modificación de la constitución provincial que había realizado el oficialismo en la Legislatura.

En disidencia y soledad votó otra vez el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, que sí entendió que había que suspender la consulta popular ante la supuesta violación del procedimiento previsto por la constitución provincial

De esta forma, sigue en pie la consulta popular convocada para el domingo, donde los ciudadanos definirán si el peronista Casas puede volver a presentarse como candidato a gobernador este año.

Los jueces recordaron un caso similar en la provincia de Mendoza, donde se pretendía suspender un plebiscito sobre una modificación constitucional. En ese antecedente, el tribunal precisó la demanda «no conformaba un caso susceptible de ser resuelto por el Poder Judicial» y había advertido sobre una «sobrejudicialización de los procesos de gobierno«.

A criterio del máximo tribunal, aceptar la cautelar podría ser entendido «como un anticipo de jurisdicción favorable respecto al final de la causa que podría alterar el estado de cosas existente«; «impediría que la voluntad popular se expresara en una instancia típicamente reglada, silenciando a los diversos actores sociales afectados«; y «abortaría tempranamente la intervención de las autoridades jurisdiccionales locales«.

Si bien la sentencia de la Corte convalida la consulta popular del domingo porque «no causa estado en sí mismo ni tampoco conlleva una vulneración de derechos subjetivos», no fija una posición sobre el fondo de la cuestión, que deberá ser evaluado por los tribunales locales, a los que intimó a actuar velozmente.

«Es necesario enfatizar que los tribunales locales convocados a actuar deben resolver con la prontitud con la que lo está haciendo esta Corte, para evitar que reine la incertidumbre o termine primando el hecho por sobre le derecho«, precisó.

Los jueces del máximo tribunal esbozaron además una respuesta sobre la polémica suscitada en torno a la judicialización de temas electorales.

«La judicialización de las cuestiones electorales, ya sea locales o nacionales, genera inexorablemente una controversia política respecto de los límites de la actuación del Poder Judicial, y por consecuencia respecto de los resultados de la decisión, pues cualquiera que ésta sea dejará conformes a unos y disconformes a otros. Cuando se advierte en estos casos, desde distintos sectores, acerca de los peligros de la judicialización de la política, es necesario recordar que los tribunales de justicia no actúan por propia iniciativa sino que son llamados a decidir por los propios actores de la política, quienes son en definitiva -como representantes de la voluntad popular- los que tienen la llave para requerir (o no requerir) y -en cualquier caso- en qué medida, respuestas judiciales a sus inquietudes«, aseguró la Corte.

Endnotes:
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