by Emanuel Hernadez | 24 septiembre, 2020 6:26 pm
La aprobó Legislatura y la misma dispone que las listas de los partidos políticos en las futuras elecciones provinciales por cargos legislativos y deliverativos deberán estar conformadas por 50% candidatos varones y 50% mujeres, en forma alterna.
La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad este jueves en Sesión Virtual la Ley de Paridad de Género para cargos electivos, tanto legislativos, deliberativos como partidarios, la cual establece la participación del 50 por ciento de mujeres en las listas.
De esta forma, en 2021 las listas de postulantes a bancas en la Legislatura provincial, los Concejos municipales y –en caso de ser convocado- por ejemplo la Convención Constituyente, deberán confeccionarse ubicando a los candidatos de manera intercalada entre mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente.
La ley se apoya en el principio de participación equivalente por género, con fundamento en el marco básico de los derechos humanos, siendo parte de las reivindicaciones del movimiento feminista.
Cabe recordar que la ley de paridad fue inaugurada en el orden nacional en el 2017 y en los años siguientes fueron sancionando normas similares las provincias de Chubut, Neuquén, Catamarca, Santa Cruz, Mendoza, Misiones, Formosa, CABA, Chaco y este jueves en La Rioja.
Con anterioridad ya habían sancionado medidas de igual índole las provincias de Santiago del Estero, Córdoba, y Río Negro (2001-2002) y Buenos Aires, Salta y Chubut (2016).
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