La jueza Gisela Flamini sostuvo que creció en forma notable la cantidad de deudores alimentarios. Hay deudores que ocultan sus bienes y renuncian a un trabajo para no pagar la litis. El recurso del embargo y la detención del deudor como último recurso.
Días atrás se conoció el caso de un hombre que fue detenido por la Justicia por no pagar la litis de su hijo desde el año 2018 a la actualidad. El hombre fue detenido por 72 horas y se le dio un plazo de 24 horas para cancelar su deuda.
En este contexto, Riojavirtual Radio habló con la jueza Gisela Flamini, a cargo del Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores y la magistrada reveló que hay un incremento notable de la cantidad de deudores alimentarios.
«Al año en el Juzgado recibimos unos 400 expedientes exclusivamente referidos a este tema y prácticamente casi ninguno cumple», reveló.
La magistrada agregó luego: «Tenemos tanta cantidad de casos de incumplimiento y desde el Juzgado empezamos a notar que se dictaban los autos de procesamiento pero seguían sin cumplir el pago de alimentos que son debidos y corresponden legalmente para los hijos. Además, esto generaba un contexto de violencia económica para las mamás de estos niños porque los deudores alimentarios son hombres en la mayoría de los casos».
Flamini dijo que, a partir de esta situación, desde el juzgado a su cargo se empezaron a tomar «medidas creativas» y que la más extrema es la detención del deudor ante la negativa a pagar la litis y la falta de bienes del deudor que impiden un embargo. «A partir de esto empezamos a tomar medidas creativas, fundadas en derecho pero con el objetivo de que se cumpla con el pago de la cuota alimentaria que es un deber legal. Y con los embargos se busca darle una respuesta a las progenitoras que denuncian que los papás no están cumpliendo con el pago de alimentos para sus hijos. La privación de la libertad es el último recurso al que recurrimos, primero tratamos de buscar bienes. En los casos en que hemos detectado bienes se recurre al embargo», indicó.
La magistrada contó que existen casos de deudores alimentarios que ocultan sus bienes para no pagar la litis y que, incluso, hay muchos que renuncian a sus trabajos con tal de no pagar la cuota alimentaria.
Flamini recordó que la cuota litis se debe pagar hasta la mayoría de edad del hijo o hija, es decir, hasta los 21 años aunque aclaró que la litis se extiende hasta los 25 años en caso de que el hijo o hija estudie una carrera terciaria o universitaria. «La obligación legal es hasta los 21 que es cuando se alcanza la mayoría de edad. A menos que se pueda acreditar que el hijo aún está estudiando una carrera terciaria o universitaria. Eso se acredita en el expediente civil o penal y la obligación sigue hasta que la chica o el chico tenga 25 años», precisó.
A su vez, mencionó que el pago promedio de la cuota litis representa el 20% del ingreso mensual de quien debe pagar la litis para el caso de que la persona tenga un trabajo en blanco y en relación de dependencia.
«La media es el 20%, puede llegar a ser el 10% dependiendo la cantidad de hijos y nunca supera el 30% del salario del deudor alimentario», afirmó.
Por último, Flamini informó que los deudores alimentarios quedan registrados en el Registro Provincial de Deudores Alimentarios y enumeró los casos en que esa situación le genera algunos inconvenientes al deudor a la hora de hacer distintos tipos de trámites. «Al quedar anotados en el Registro Provincial de Deudores Alimentarios, esto les impide renovar carnet de conducir y también suele exigirse el tener el Registro de Deudores Alimentarios limpio, por ejemplo si te querés presentar en un concurso o para aspirar a algunos puestos de trabajo», precisó.
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