El asesor general de Gobierno, Pedro Goyochea dijo que el DNU «pierde sustento porque no está regulando ninguna emergencia ni urgencia» y que afecta a 605 leyes. «El DNU excluye el Estado de derecho y busca que sea el mercado el que marque la convivencia social», afirmó.
El asesor general de Gobierno y convencional constituyente, Pedro Goyochea opinó sobre el megadecreto que dio a conocer el presidente Javier Milei y dijo que se trata de un «instrumento inconstitucional».
«El DNU, según el análisis de numerosos constitucionalistas, todos ellos de distintos pensamientos, de manera unánime llegaron a la conclusión que estamos frente a un instrumento inconstitucional, no solo por la falta de motivación en los considerandos sino también por las materias que regula en las cuales no está justificada la urgencia ni mucho menos la emergencia de lo que se pretende regular», afirmó Goyochea en Riojavirtual Radio.
Goyochea desmenuzó luego cuál es el contexto en el que se dictó el DNU de Milei. «Lo primero a tener en cuenta es qué competencias tiene un presidente para dictar normas y la facultad para hacerlo es excepcional. Esto implica que la división de poderes que tiene nuestra Constitución, el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial forman parte de la institucionalidad consagrada desde 1853», resaltó.
El funcionario recordó que fue en la reforma constitucional de 1994 cuando se introdujo la figura del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). «En la reforma de 1994 se contempló la posibilidad excepcional de que un presidente pueda dictar normas en calidad de decreto de DNU pero hay materias sobre las cuales el presidente no va a poder dictar normas aún cuando tenga esta facultad. Esas materias que están prohibidas son las tributarias (no puede crear impuestos), en materia electoral (no puede regular el sistema electoral), respecto a las penas (no puede disponer penas) ni en cuanto a partidos políticos. Todas esas cuestiones están expresamente prohibidas en la posibilidad de emitir un DNU conforme al articulo 99 inciso 3 de la Constitución Nacional», precisó.
En este punto, Goyochea dijo que lo primero a analizar es «si el contexto en el cual es dictado el DNU cumple con dos exigencias: que el Congreso de la Nación no esté funcionando en sesiones ordinarias y el otro es que haya motivos urgentes que le generen al Presidente tener que dictar una norma que el trámite administrativo del Congreso no podrá resolver el problema urgente que el Presidente busca regular a través de ese mecanismo».
Luego, Goyochea habló sobre la fecha de entrada en vigencia del DNU y dijo que éste empezará a regir el próximo 29 de diciembre. «Al no tener el DNU la fecha de entrada en vigencia, va a quedar vigente luego de ocho días de publicado en el Boletín Oficial y a partir de ese momento debe ser enviada al Congreso, a una Comisión Bicameral que deberá elaborar el dictamen y ponerlo a consideración de la Cámara de Senadores y de Diputados para que lo voten por la afirmativa o por la negativa», indicó.
El asesor general de Gobierno subrayó que para que el DNU quede sin efecto lo deben rechazar las dos cámaras ya que si solo una de ellas no aprueba quedará firme. «Si ambas cámaras lo rechazan se deroga el decreto, pierde su vigencia y efectos. Pero si una sola de las cámaras lo aprueba es suficiente para que quede vigente», afirmó.
Más adelante, Goyochea destacó la magnitud del DNU de Milei. «Tiene más artículos que la Constitución Nacional. No hay antecedentes de un DNU que regule diferentes materias en las cuales están las que se consideran excluidas de la posibilidad de regulación y que haya producido una modificación tan sustancial al sistema jurídico argentino ya que este DNU derogó 300 leyes y produjo una modificación en 305 leyes más. En total son 605 leyes más que fueron afectadas por el DNU», señaló.
Además, el funcionario se refirió a la otra vía por la que puede atacarse el DNU -además del Congreso- y que es la judicial. «Las presentaciones judiciales que se hagan pueden consistir en un amparo o en una acción de inconstitucionalidad del decreto» dijo y agregó de que en caso de que los jueces hagan lugar a una acción de inconstitucionalidad el DNU perderá toda vigencia.
Para Goyochea, el decretazo de MIlei «pierde todo sustento porque no está regulando ninguna emergencia ni urgencia sino que plantea un esquema de país que va en consonancia con lo que planteo Milei, es decir, que en la Argentina el Estado de derecho quede excluido y que sean las reglas del mercado las que marquen la convivencia social».
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