DINERO. QUÉ MONTOS O TRANSFERENCIAS ACTIVAN CONTROLES Y BLOQUEOS DE ARCA

DINERO. QUÉ MONTOS O TRANSFERENCIAS ACTIVAN CONTROLES Y BLOQUEOS DE ARCA
septiembre 30 09:11 2025

La ex AFIP estableció los montos máximos permitidos en octubre 2025 para operaciones bancarias y digitales que no requieran justificación. Los bancos y billeteras virtuales deben reportar automáticamente cualquier movimiento que supere estos topes.


Con el crecimiento de las transferencias bancarias y los movimientos por billeteras virtuales, es fundamental conocer los límites a partir de los cuales bancos y organismos de control, como la Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), pueden solicitar información adicional. Estas medidas buscan garantizar la trazabilidad de los fondos y alertar sobre operaciones sin justificación aparente.

Si el dinero proviene de operaciones claras, como la compra de una propiedad, la venta de un auto o un servicio facturado, normalmente no hay problemas. Aun así, los bancos pueden pedir comprobantes que acrediten la transacción y, hasta recibirlos, los fondos podrían quedar bloqueados temporalmente. Con la documentación correcta, el trámite suele resolverse rápido

Por otro lado, cuando se mueven grandes sumas sin justificación clara, se pueden activar controles más rigurosos. Si no se logra acreditar el origen del dinero, ARCA puede aplicar sanciones, bloquear temporalmente la cuenta e incluso derivar el caso a la Unidad de Información Financiera (UIF) para investigar un posible lavado de activos. Por eso, la transparencia y el cumplimiento de los requisitos documentales son esenciales para evitar complicaciones.

Límites de transferencias y operaciones en octubre 2025 

A partir de junio de 2025, los topes para solicitar información fueron actualizados, ajustándose semestralmente según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC:

  • Transferencias o acreditaciones: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Extracciones en efectivo: $10.000.000 para ambos casos.
  • Saldos bancarios al final del mes: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Plazos fijos: $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Transferencias en billeteras virtuales: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Compras de consumidor final: hasta $10.000.000 sin requerir información adicional.
  • Pagos: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.

La documentación necesaria

Para que las operaciones sean liberadas rápidamente, la documentación que respalde la transacción debe presentarse de manera ordenada:

  • Contratos de compraventa o comprobantes de pago.
  • Facturas emitidas, ya sea bajo régimen monotributo o general.
  • Recibos de sueldo o de jubilación.
  • Constancia de inscripción en el monotributo.
  • Certificados de origen de fondos emitidos por un contador público matriculado.

Mantener estos documentos actualizados es clave, especialmente si se realizan operaciones frecuentes o de alto valor. Además, es importante estar registrado correctamente en ARCA cuando se facturan servicios o ventas habituales.

Qué hacer si los fondos quedan bloqueados

En caso de que un banco retenga una transferencia, conviene:

  1. Presentar la documentación requerida por la entidad.
  2. Informar previamente al banco si se espera recibir un monto significativo, indicando su procedencia y fecha.
  3. Evitar fragmentar la transferencia para eludir límites, ya que esto puede activar alertas adicionales.

Impuestos y obligaciones

Las transferencias bancarias no están exentas de obligaciones tributarias. Los principales impuestos que pueden aplicarse son:

  • Ingresos Brutos: con retenciones aproximadas del 2,5%.
  • Impuesto al Cheque: con un porcentaje del 0,6%.

La responsabilidad de pagar estos impuestos suele recaer en el beneficiario de la transferencia. Es importante recordar que, aunque se indique un concepto de transferencia, este funciona como referencia y respaldo ante posibles fiscalizaciones.

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