Según datos de ANSES en diciembre esto de compone de $340.879,59 de haber mínimo, un bono de $ 70.000 y el aguinaldo $ 170.439,79. Esto alcanza a jubilados de La Rioja ya que la caja jubilatoria desde hace décadas pasó a la ANSES.
El Gobierno nacional oficializó este lunes, mediante el Decreto 848/2025 publicado en el Boletín Oficial, el pago de un bono extraordinario de hasta $70.000 que cobrarán en diciembre los jubilados y pensionados de todo el país, una decisión que se toma tras el aumento del 2,34% aplicado en los haberes mínimos y máximos vinculados a la inflación de octubre.
En los considerandos, el Ejecutivo volvió a cuestionar la fórmula de movilidad de la Ley 27.609, al sostener que presentaba “graves y serios inconvenientes” y que “no resguardaba el riesgo inflacionario”, lo que generó un fuerte desfasaje entre la evolución de las variables económicas y el impacto en los haberes.
Según el Gobierno, esta situación afectó especialmente a los jubilados de menores ingresos y obligó a sostenerlos con ayudas económicas y bonos mensuales desde enero de 2024.
El monto será acreditado automáticamente por ANSES junto con los haberes de diciembre, mes en el que también se paga el medio aguinaldo. El bono no será remunerativo, no tendrá descuentos y no se computará para otros conceptos.
Este refuerzo, que está congelado desde marzo de 2024 sin ajuste por inflación o movilidad, abarca a beneficiarios del sistema previsional contributivo y no contributivo, incluyendo:
El decreto establece que el bono no tendrá carácter remunerativo, no será alcanzado por descuentos y no se computará para otros conceptos. En casos de pensiones compartidas, el refuerzo se pagará por cada titular.
Aclara también que aquellos titulares que “por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado”, percibirán como plus una suma igual al monto necesario para alcanzar el tope que resulte de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono extraordinario previsional».
Pensiones no contributivas en diciembre 2025
Jubilaciones y PUAM en diciembre 2025
Según la Ley 27.073 de Contrato de Trabajo, el SAC debe abonarse en dos cuotas: la primera con vencimiento el 30 de junio y la segunda antes del 18 de diciembre de cada año.
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