Media sanción para la Ley de Emergencia Económica

diciembre 20 08:38 2019

Se aprobó en la Diputados de la Nación. Hubo cambios de último momento en retenciones, jubilaciones y dólar tarjeta. Sergio Casas, Danilo Flores e Hilda Soria votaron a favor. Felipe Alvarez en contra. Julio Saad ausente.


La Cámara de Diputados de la Nación aprobó en sesión extraordinaria el proyecto de ley presentado por el Gobierno de Alberto Fernández que declara la emergencia pública en nueve áreas del Estado.

El debate comenzó a las 15 horas de este jueves y se extendió durante toda la madrugada del viernes 20 de deiciembre: pasadas las 6.30, el proyecto recogió 134 votos a favor, 110 en contra y no tuvo abstenciones.

La iniciativa tuvo el apoyo total del Frente de Todos, que sumó además los respaldos de los interbloques Federal (encabezado por Eduardo “Bali” Bucca) y Unidad Federal para el Desarrollo (de José Luis Ramón).

Juntos por el Cambio y el Frente de Izquierda habían anticipado su rechazo en la previa, y sus bloques tampoco aportaron al quórum, que se logró con el número justo de 129.

El proyecto Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública será enviado al Senado, que se reuniría en sesiones extraordinarias este viernes 20 de diciembre para dar sanción a la normativa en pos de su entrada en vigor antes de fin de año.

En el caso de La Rioja, los diputados del Frente de Todos, hablamos de Sergio Casas, Hilda Soria y Danilo Flores votaron a favor. Felipe Alvarez, del bloque Producción y Trabajo en contra y estuvo ausente por viaje al exterior el legislador Julio Saad.

Estos son los puntos clave del proyecto de ley:

  • El proyecto declara la emergencia pública hasta el 31 de diciembre de 2020 en nueve áreas del Estado: económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.  
  • Propone la creación de un nuevo impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) que grava por los próximos cinco años un 30% la compra de divisas extranjeras y el consumo de bienes o servicios en el exterior, como la compra de billetes aéreos.  
  • Establece un impuesto a la compra de dólares del 30 por ciento para la compra de dólares para atesoramiento (con el límite de 200 dólares mensuales ya fijado) y también para los gastos con tarjetas de crédito en el exterior, por el período de cinco años.  
  • Mantiene en vigencia la decisión de la administración anterior de limitar a 200 dólares por mes la compra para atesoramiento de las personas físicas. El 70% de lo recaudado a través de esta iniciativa se destinará a la seguridad social, mientras el 30% restante se dedicará a obras de vivienda e infraestructura.  
  • Suspende por seis meses el esquema de aumento tarifario de los servicios públicos, así como la fórmula con la que se calculaban los aumentos de las jubilaciones, que consistía en una ecuación que tomaba en cuenta los salarios y la inflación a partes iguales.  
  • Contempla otorgar 5.000 pesos en diciembre y enero a los jubilados que cobran la pensión mínima, sin detrimento de otros aumentos trimestrales que dispondrá el Poder Ejecutivo.  
  • Se suspende por seis meses la Ley de Movilidad sancionada en 2017 bajo la gestión de Mauricio Macri, que ataba los aumentos para jubilados, pensionados y beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo a una fórmula compuesta por el Índice de Precios al Consumidor (inflación) y la Remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE, variación salarial). Los aumentos serán otorgados por decreto el Poder Ejecutivo.  
  • Suspende, en paralelo, la rebaja a las contribuciones patronales prevista a partir del año que viene, de modo que los empleadores del sector servicios pagarán un aporte del 20,4%, siempre que sus ventas superen los 48 millones de pesos anuales, mientras que el resto del sector privado pagará 18%.  
  • Faculta al Gobierno a fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar el 33% del valor imponible: en el caso de la soja aumenta de 30% a 33% y para trigo y maíz de 12% a 15%. Para productos agroindustriales de economías regionales se establece una alícuota tope del 5%, al igual que para bienes industriales y servicios. En cuanto a bienes exportables hidrocarburíferos o provenientes de la minería, se reduce el tope del 12 al 8%.  
  • Se autoriza al Poder Ejecutivo a intervenir el Ente Regulador de la Electricidad (ENRE) y el Ente Regulador del Gas (ENARGAS). También habilita al Gobierno a congelar las tarifas de electricidad y gas por el plazo de 180 días, «propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias, para el año 2020». A su vez, se faculta al Gobierno a iniciar un proceso de renegociación de la Revisión Tarifaria Integral vigente.  
  • Habilita al Poder Ejecutivo a «recuperar y asegurar la sostenibilidad de la deuda pública de la República Argentina», para lo que se pone a disposición del Gobierno 4.571 millones de dólares del Banco Central.

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