«EL ESTADO TIENE EL DERECHO DE NO ABONAR LOS DÍAS EN QUE NO SE TRABAJA»

«EL ESTADO TIENE EL DERECHO DE NO ABONAR LOS DÍAS EN QUE NO SE TRABAJA»
marzo 07 10:52 2023

La titular de Trabajo, Miriam Espinoza, lo dijo en relación al paro de AMP y agregó que el área a su cargo es quien debe llamar a conciliación: «en años anteriores AMP sí nos notificó sus paros, no se entiende porqué ahora dice que no tenemos competencia».


La titular de Trabajo, Miriam Espinoza cuestionó la postura del gremio AMP de rechazar la conciliación obligatoria y reivindicó el poder de policía del organismo a su cargo.

Espinoza dijo que «sorprende» la postura del gremio de desconocer la competencia de la Secretaría de Trabajo para llamar a conciliación obligatoria. «Nos sorprende que digan que no somos el órgano competente para llamar a conciliación porque en años anteriores, cuando han hecho paro, nos han notificado a nosotros las medidas de fuerza. No se entiende que ahora digan que no tenemos competencia», dijo la funcionaria en Riojavirtual Radio.

Espinoza dijo que la Secretaría de Trabajo «es el ámbito donde deben sustanciarse este tipo de conflictos». «La Secretaría de Trabajo tiene el poder de policía. Las paritarias se hacen en el Ministerio de Trabajo de la Nación pero el poder de policía es indelegable y lo tiene la Secretaría de Trabajo. Nosotros no convocamos a conciliación de manera antojadiza sino porque nos asiste el derecho», aseguró.

La funcionaria confirmó que AMP presentó un recurso ante ese organismo donde sostiene que la Secretaría de Trabajo no es el órgano competente para llamar a una conciliación obligatoria. «Estamos trabajando en la respuesta al recurso presentado por AMP y vamos a proponer que se realicen las audiencias necesarias para que se pueda buscar una salida al conflicto. Si hay voluntad de arreglar uno se sienta a conversar y solo se puede resolver mediante el diálogo», dijo.

A su vez, la titular de Trabajo informó que AMP nunca notificó ante ese organismo la realización de medidas de fuerza y que en diciembre -cuando se anunció el no inicio de clases- tampoco lo hicieron.

Además, dejó en claro que al Estado provincial lo asiste el derecho de no pagar los días no trabajados. «Así como existe el derecho de huelga también el empleador tiene el derecho de no abonar los días en los que se hizo paro porque no hay una prestación de servicio que haga exigible el pago», cerró.

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