Presidenciales. Los votos en blanco no se contarán en octubre

Presidenciales. Los votos en blanco no se contarán en octubre
julio 28 18:29 2019 Imprimir noticia

Favorecerá al candidato que obtenga más votos. Es porque se le facilitaría arrimar al porcentaje necesario para ganar sin balotaje.


La apelación de los políticos a «su voto cuenta» tiene sentido a la hora de contabilizar el sufragio en blanco, y en este escenario la pregunta clave es si puede tener incidencia en la elección presidencial de octubre este voto.

La duda surge ante la posibilidad de que una fórmula gane en la instancia general, sin necesidad del balotaje, en caso de llegar a 45 puntos.

Un caso sería el siguiente: En el comicio general, después de las primarias, si la suma de todos los votos válidos alcanza 100 y de ellos el voto en blanco suma 10, los porcentajes de cada candidato deben conformarse sobre 90. Esto no cuenta para las Paso porque son primarias partidarias y el voto en blanco es irrelevante para el conteo.

Pero volviendo al comicio general, en un esquema donde se contabiliza el «blanco» como un voto no afirmativo, los porcentajes de cada representación partidaria o frente se engorda.

Si un postulante A para la presidencia obtiene 43% en las PASO, donde el voto en blanco «está adentro», trasladado el mismo caudal de sufragios en la general supondría 45% porque el blanco no se contabiliza. Esto hace que, con este sistema, el voto en blanco puede jugar a favor del que va adelante en las encuestas sin necesidad de ir a un balotaje.

¿Qué se computa cómo voto en blanco?

Cuando el sobre no contiene ninguna boleta o en el interior hay un papel de cualquier color sin inscripciones ni imágenes. La Cámara Nacional Electoral lo considera como un voto válido que «representa una manifestación de la voluntad del elector de abstenerse de elegir entre las diversas propuestas formuladas en un sistema legal de sufragio».

No obstante ser válido, el voto en blanco no se lo incluye en el total de sufragios sobre los que se calcula el porcentaje de cada candidato. En los artículos 97 y 98, la Constitución Nacional queda establecido que deben computarse únicamente los «votos afirmativos válidamente emitidos» para proclamar ganadora una fórmula presidencial, según Clarín.

Según los muestreos para el 11 de agosto, Juntos por el Cambio y el Frente de Todos andan en las cercanías del 40% de ponderación electoral. Por la extrema polarización entre ambas fuerzas.

Esta previsión adquiere importancia determinante porque, en este caso, el Código Electoral contempla que, cuando la fórmula más votada en la primera vuelta obtenga más del 45% de los «votos afirmativos válidamente emitidos», automáticamente los integrantes serán proclamados como presidente y vicepresidente.

El gobierno de Mauricio Macri y la oposición están preocupados por delimitar hasta adonde llegan las implicancias del voto en blanco. Como afirma Andrés Gil Domínguez, profesor de Derecho Constitucional, en un escenario de paridad, no votar por ningún candidato podría marcar la diferencia entre un triunfo en primera vuelta o un balotaje.

La ley, en forma subsidiaria, también establece que resultará electa la fórmula cuando obtenga el 40% de los «votos afirmativos válidamente emitidos» y una diferencia mayor de diez puntos sobre la otra fórmula que le sigue. Algo mucho menos probable en este comicio.

En el balotaje, si hubiera esa instancia, los votos en blanco no ingresan al cómputo global. El cálculo se realiza teniendo en cuenta la cantidad de votos y no de porcentajes. De tal manera que el voto en blanco no modifica la ecuación.

En ningún caso se incorporan los votos nulos. Son considerados en ese estado, por ejemplo, cuando se introduce en el sobre una boleta no oficializada.

Los votos en blanco sí se contabilizan como parte de la torta en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias a efectos de determinar en la elección de senadores, diputados si las agrupaciones políticas alcanzaron el 1,5%, y de esta manera, adquieren aptitud electoral.

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