¿PUEDO VOTAR EN LAS GENERALES SI NO VOTÉ EN LAS PASO?

¿PUEDO VOTAR EN LAS GENERALES SI NO VOTÉ EN LAS PASO?
octubre 22 00:12 2023

Participar de las elecciones generales es una obligación. Si no se participó de las internas del 13 de agosto, de igual manera el elector podrá participar de las elecciones del 22 de octubre. Cómo no ingresar al Registro de Infractores al Deber Votar.


De cara a las Elecciones del domingo 22 de octubre, surgen dudas respecto a la obligación de ir a votar en caso de haberse ausentado en las PASO. Lo cierto es que todas las personas que no votaron en las elecciones anteriores deben presentarse igualmente en las siguientes, siempre y cuando tengan entre 18 y 70 años y figuren en el padrón electoral.

Faltar el día de los comicios puede causar sanciones económicas que van desde 50 a 500 pesos, o la imposibilidad de realizar trámites ante entes municipales, provinciales y nacionales. Sin embargo, esto no exime a las personas para que puedan ir a votar a las próximas elecciones.

Lo mismo pasó con las primarias. Aquellas personas que no fueron a las PASO deben hacerlo de forma obligatoria en las generales, como también ante un posible balotaje el próximo 19 de noviembre.

Para consultar si existe alguna multa por no ir a votar hay que dirigirse a la web de la Cámara Nacional Electoral (CNE) e ingresar a la categoría «Registro de Infractores».

«La tramitación de las solicitudes cursadas por esta vía se encuentra bajo exclusiva responsabilidad de la Secretaría Electoral del distrito», detalla la web del CNE.

Para ingresar sólo se debe colocar el número de documento, el género y el distrito electoral, además de escribir el código de validación que solicite la página. Finalmente, hay que hacer clic en «Consultar» para corroborar si se adeuda alguna multa por no votar.

Elecciones 2023: cuáles son los horarios para ir a votar 

Los votantes tienen 10 horas para acercarse a la mesa correspondiente y emitir su voto el día de las elecciones nacionales, de 8 a 18.

Aquellas personas que se encuentren dentro del establecimiento antes del horario de cierre podrán quedarse unos minutos extra hasta que les toque su turno, pero quienes se presenten pasadas las 18 no podrán hacerlo y deberán presentar su justificación ante la Justicia Electoral.

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