En medio de las restricciones por la segunda ola de Covid, la secretaria de Trabajo local Miriam Espinoza detalló los cambios incluidos en el programa que alcanza a empresas, autónomos y monotributistas. Monto máximo del beneficio: $22.000 por empleado.
Debido a las restricciones por la pandemia de Covid-19, el Gobierno Nacional lanzó una nueva edición del Programa de Recuperación Productiva (Repro 2) y se espera que la asistencia para el pago de los salarios alcance a más de 1,4 millones de personas. La inscripción comenzó este miércoles 26 de mayo y durará hasta el 1º de junio.
Según informó en diálogo con Riojavirtual la secretaria de Trabajo local, Miriam Espinoza, indicó que en La Rioja hubo 42 empresas hasta el mes de marzo y casi 2 mil trabajadores que ya se beneficiaron de este auxilio estatal y ahora se busca que se amplíe el alcance. “La situación es distinta desde 2020. Cada puesto de trabajo nos reconforta. Vimos como hasta 2019 se perdían puestos de trabajo. Hoy hay decisión política de sostenerlos», indicó la funcionaria.
En esa línea, Espinoza dio a conocer en Riojavirtual Radio los detalles de quiénes podrán recibirlo y cómo anotarse.
El monto máximo del beneficio subió de $18.000 a $22.000 por relación laboral para los empleadores encuadrados en los sectores críticos y salud, aunque varía según el sector en que la empresa desarrolle sus actividades:
Para evaluar la variación de la facturación, se comparan todos los días de mayo de 2019 contra los primeros 24 días de mayo de 2021. Esto implica que el programa asume que la empresa no tendrá facturación entre el 25 y el 31 de mayo.
1. Tener domicilio fiscal electrónico.2. Nómina de personal dependiente, incluyendo la remuneración total y Clave Bancaria Uniforme del trabajador.3. Completar, vía formulario web, un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros.4. Certificación Contable de la veracidad de la información incluida en el formulario web, certificada por el Consejo de Ciencias Económicas (empleadores de 800 o más trabajadores).5. Último balance del ejercicio exigible. Tiene que estar certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas. La certificación podrá ser hológrafa o digital. Esto no serpa requerido para las asociaciones civiles, monotributistas y autónomos, sociedades de hecho, SAS, fideicomisos. Tampoco para empleadores que iniciaron su actividad a partir del 1° de diciembre de 2019.6. Declaración jurada mediante la cual el titular de la empresa solicitante manifiesta ser sujeto pasivo de la obligación de pago del aporte extraordinario previsto en el artículo 1° de la Ley 27.605 y ha cumplido con dicha obligación.7. Empresa del sector salud: planilla con la nómina de trabajadores excluidos cuyas actividades laborales comprenden, en forma exclusiva, la administración y comercialización y toda otra prestación de servicios dedicada a los seguros de cobertura de salud, bajo el régimen de medicina prepaga u obra social.
La inscripción al programa que plenea alcanzar a 1,4 millones de personas comenzará este miércoles 26 de mayo y estará abierta hasta el 1 de junio. Para anotarte podés hacerlo ingresando al siguiente link: https://www.argentina.gob.ar/servicio/solicitar-repro-2
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