En un día cargado de noticias impositivas, este sábado también salieron publicadas en la página web de la AFIP las tablas que tendrán que usar los empleadores y la ANSES para calcular las retenciones del Impuesto a las Ganancias a partir de los primeros pagos que se hagan de sueldos y jubilaciones alcanzadas por el gravamen desde el primer día hábil de enero 2020.
Como el método de liquidación de la cuarta categoría es el percibido, ya para los sueldos que se abonen desde el 2 de enero (incluido diciembre) tendrán que utilizar las nuevas tablas mensuales.
Se ratifica que los valores fueron incrementados por la variación del índice salarial RIPTE, ocurrida desde octubre del 2018 al mismo mes de este año, que llegó al 44,28%.
A este incremento para el 2020 se le descontó el adelanto dado por el gobierno anterior del 20% en el mínimo no imponible y en la deducción especial.
También aumentan los tramos de ingresos de las escalas, que se usan mes a mes para calcular la retención, en ese mismo porcentaje.
A partir de enero, pagarán los solteros que cobren de sueldo neto mensual más de $ 55.261, los casados que reciban más de $ 64.145 y los casados con dos hijos que cobren $ 73.104. Los contribuyentes autónomos tendrán que esperar a tener que pagar los cinco anticipos, que arrancan en agosto de 2020, para poder aprovechar las mayores deducciones.
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